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Derechos y deberes

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Derechos de las personas consumidoras

La Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias, regula los derechos de las personas consumidoras y usuarias en los arts. 4 a 6 y en el Título II (arts. 7-47).

El Título II de la Ley 6/2003, en particular, regula una serie de derechos, que debes conocer:

Derechos relacionados con la salud y la seguridad

Los productos y servicios puestos a disposición de las personas consumidoras o usuarias no deben representar riesgo alguno para su salud o seguridad ni para el medio ambiente, salvo los usual o reglamentariamente admitidos en condiciones normales y previsibles de utilización, dentro, en todo caso, del respeto de un nivel elevado de protección de la salud y de la seguridad de las personas y de su medio ambiente.

En este sentido, debes tener presente que los productos y servicios comercializados deben ofrecer, de forma clara, información sobre las instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, así como las advertencias y los riesgos previsibles.

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Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales

Como, persona consumidora y usuaria, igualmente, tienes derecho a que se te garantice el respeto a una serie de intereses legítimos, económicos y sociales, durante el proceso de la operación comercial: antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio. Este derecho incluye los siguientes aspectos, entre otros:

Antes...:

  • Prohibición de publicidad ilícita.
  • Libertad de elección (eliminación de métodos coactivos, engañosos o agresivos de venta o de captación de clientes).
  • Exposición pública y visible de los precios y tarifas, junto a los productos, bienes y servicios ofertados.
  • Disposición de presupuesto previo.

En el momento...:

  • Disposición de la factura correspondiente.
  • Eliminación de las cláusulas abusivas o contra la buena fe.
  • Disposición de resguardo de depósito, en su caso.
  • Prohibición de acciones que provoquen inexactitud en el precio, peso o medida.

Después...:

  • Disposición de hojas de reclamaciones en el propio establecimiento.
  • Disposición del documento de garantía y manuales de instrucciones de uso y mantenimiento (en el caso de bienes de naturaleza duradera).
  • Disposición de piezas de repuesto y adecuado servicio técnico.

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Derecho a la protección jurídica y a la reparación de daños

Ten presente, de la misma manera, que, como persona consumidora y usuaria, tienes derecho a una eficaz protección jurídica encaminada a la reparación e indemnización por los daños y perjuicios que puedas sufrir como consecuencia de la adquisición, uso o disfrute de los bienes y servicios ofrecidos en el mercado.

En principio, sólo los órganos judiciales pueden decidir sobre la indemnización de daños y perjuicios. No obstante, también existe un procedimiento administrativo de resolución de conflictos de consumo, que puede evitarte los inconvenientes de acudir a la vía judicial. Por medio de este procedimiento se tramitan las reclamaciones que las personas consumidoras y usuarias presentan contra empresas y profesionales, ante las Administraciones públicas con competencias en materia de consumo; consiste en intentar una mediación entre las partes en conflicto.

Sin perjuicio de las actuaciones de inspección y sanción que corresponden a la Administración, esa mediación tiene carácter voluntario para las partes.

Igualmente, debes tener en cuenta que existe la posibilidad de someter la resolución del conflicto al sistema arbitral de consumo, Por medio de este sistema, que también tiene carácter voluntario, las dos partes se comprometen a aceptar la decisión (laudo) que el órgano arbitral pueda dictar en resolución del conflicto.

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Derecho a la información

Como persona consumidora y usuaria tienes derecho a recibir una información veraz, completa, objetiva y comprensible sobre las características esenciales de los bienes y servicios puestos a tu disposición, con indicaciones para su correcto uso o consumo y advertencias sobre los riesgos previsibles que su utilización o consumo implique, de tal forma que puedas realizar una elección consciente y racional entre los mismos y utilizarlos de una manera segura y satisfactoria.

Este derecho supone el cumplimiento por parte de las empresas o prestadores de servicios de las obligaciones que les impone la normativa sobre etiquetado, presentación y publicidad.

En relación al derecho a la información, las Administraciones públicas del País Vasco realizan actuaciones diversas, como: impulsar la difusión de información, realización de campañas informativas en colaboración con otras organizaciones, promover espacios divulgativos en medios de comunicación, informar sobre los productos peligrosos detectados en el mercado...

Es importante que sepas que, con el fin de facilitar a las personas consumidoras y usuarias la información y orientación precisas para el adecuado ejercicio de sus derechos y, en general, para atender a la protección de sus legítimos intereses, el Gobierno Vasco, a través de Kontsumobide, promueve y apoya la creación y funcionamiento de oficinas y servicios de atención e información a la persona consumidora y usuaria, ya sean de titularidad pública (OMICs, por ejemplo), ya dependan de una asociación de personas consumidoras y usuarias.

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Derecho a la educación y a la formación en materia de consumo

Las personas consumidoras y usuarias tienen derecho a acceder a una educación y formación en materia de consumo orientada a favorecer:

  • el desarrollo de la formación integral de la persona de cara a propiciar un consumo responsable;
  • el conocimiento de sus derechos y la manera de ejercerlos; y
  • el conocimiento de los riesgos derivados del uso y consumo de bienes y servicios.

La educación y formación en consumo es una de las funciones asumidas por Kontsumobide. Concretamente, la Unidad de Planificación, Información y Formación realiza, entre otras funciones, la de diseñar, elaborar y desarrollar acciones formativas dirigidas a centros de educación y de formación; a los profesionales del ámbito del consumo y agentes económicos; y a las personas consumidoras en general.

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Derecho a la representación, consulta y participación

Como persona consumidora y usuaria, tienes derecho a estar representada por medio de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias. Estas asociaciones, precisamente, constituyen el cauce de representación y participación para la defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias.

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Derechos lingüísticos

Como persona consumidora y usuaria, la ley 6/2003, dentro un marco de progresividad en cuanto a su ejercicio, reconoce tu derecho a recibir en euskera y castellano la información sobre bienes y servicios, así como el derecho a usar cualquiera de las lenguas oficiales en tus relaciones con empresas o establecimientos que operen en el País Vasco, debiendo éstos estar en condiciones de poder atenderte cualquiera que sea la lengua oficial en que te expreses.

El Decreto 123/2008 (modificado por el Decreto 204/2010), dictado en desarrollo de la Ley 6/2003, determina las obligaciones lingüísticas de las empresas, entidades y establecimientos en esta materia y, respondiendo a ese principio de progresividad, especifica qué tipo de empresas y establecimientos están, en este momento, sujetas al Decreto.

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Deberes de las personas consumidoras

Recuerda que para un adecuado ejercicio de tus derechos como persona consumidora y usuaria, por tu parte, también debes cumplir una serie de obligaciones.

ANTES DE comprar un producto o de contratar un servicio

  • Compara las características, condiciones y precios que, para adquirir el mismo tipo de producto o servicio, te ofrecen diferentes comercios o empresas, y elige el que más se adecue a tus necesidades y a tu capacidad de pago.
  • Desconfía de las ofertas publicitarias excepcionalmente ventajosas. Actuar con precaución ayuda a evitar la publicidad engañosa y el fraude.
  • Solicita y guarda el presupuesto.
  • Lee detenidamente todas las condiciones del contrato (también la letra pequeña). Si hay algo que no comprendes, pregunta; y no firmes nada que no entiendas completamente. Igualmente, no aceptes presiones o imposiciones del vendedor.
  • Solicita y guarda la publicidad, pues, al ser vinculante, el establecimiento o empresa está obligado a cumplir lo que anuncia en ella.
  • Si vas a realizar una compra o contratación a distancia, asegúrate de conocer la identidad y domicilio de la empresa y la forma de contactar con ella.
  • En las compras y contrataciones por Internet, comprueba que la web en la que vas a facilitar tus datos personales es segura.

DESPUÉS DE comprar un producto o de contratar un servicio

  • Solicita y guarda el ticket de compra o la factura, el contrato y, en su caso, el documento de la garantía comercial. Éstos y otros documentos pueden servir de prueba en caso de conflicto.
  • Lee y respeta las indicaciones de las etiquetas y las instrucciones que acompañan al producto.
  • Siempre que entregues el producto adquirido al comercio o al servicio de asistencia técnica (para exigir el cumplimiento de la garantía, para su reparación, etc.) exige y guarda el resguardo de depósito.
  • Asimismo, cuando te entreguen el producto reparado, o uno nuevo en sustitución del que entregaste, exige un certificado en el que conste la fecha en que recibes el producto y, en su caso, la reparación efectuada. Guárdalo.
  • Cumple con las obligaciones que has asumido al firmar un contrato.
  • En caso de conflicto, si piensas reclamar, hazlo lo antes posible.

Y no olvides... un consumo responsable mejora la economía y calidad de vida de las personas. Siempre ganas cuando consumes de forma responsable.

 

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