Si bien las empresas pueden participar en el Arbitraje de Consumo mediante la aceptación, en cada caso particular, del arbitraje solicitado por una persona consumidora (Formulario de aceptación del arbitraje y contestación a la reclamación (pdf, 1,7 Mb)), también pueden adherirse al Sistema Arbitral de Consumo cumplimentando el Formulario de compromiso de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo (pdf, 613 Kb).
La firma del compromiso de adhesión por parte de una empresa supone que acepta voluntariamente, de antemano, dirimir en el Sistema Arbitral de Consumo todas las controversias que tenga con las personas consumidoras.
Se pueden reconocer fácilmente las empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo: todas ellas ostentan (en su establecimiento y/o publicidad) el distintivo oficial de adhesión al Arbitraje de Consumo.
El distintivo consiste en dos flechas blancas y un símbolo abierto, también en blanco, sobre fondo naranja, simbolizando la confluencia de las tres partes en el Arbitraje de Consumo: personas consumidoras, empresas y Administración.
En Euskadi actualmente hay más de 14.000 empresas adheridas al sistema (con un ritmo de crecimiento de, aproximadamente, 1000 altas al año).
Además de evitar pleitos largos y costosos en relación a los conflictos con las personas consumidoras y usuarias, la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo tiene también estas otras ventajas para las empresas:
Formulario de compromiso de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo (pdf, 613 Kb)
A las empresas o profesionales adheridos al Sistema Arbitral de Consumo que, en el formulario de compromiso de adhesión, hayan dejado constancia de su correo electrónico y URL de la web propia, se les enviará el distintivo digital de la adhesión, a fin de que puedan presentarlo en su web conforme a las siguientes indicaciones: